El Pase Personal Laboral deberá ser renovado cada 48 horas, será portado impreso y/o como captura de pantalla en el teléfono celular junto con el DNI y el fotocheck de la entidad o empresa.
Entrará en vigencia el 1 de abril y deberán portarlo aquellos que desarrollan actividades esenciales
Los ministerios del Interior y de Defensa informaron que los trabajadores dedicados a actividades esenciales que deban movilizarse durante el estado de emergencia y aislamiento social obligatorio para frenar el avance del coronavirus (COVID-19), deberán tramitar el nuevo Pase Personal Laboral vía internet.
En un comunicado explicaron que este documento reemplazará a los Pases Especiales de Tránsito que tendrán vigencia solo hasta mañana, martes 31 de marzo. Por esa razón, ambas instituciones precisaron que en el transcurso de este lunes se habilitará el siguiente link: http://www.gob.pe/paselaboral donde se encontrará el formulario a ser completado por los solicitantes.
l Mininter y Mindef señalan que el Pase Personal Labora deberá ser renovado cada 48 horas. Además, será portado impreso y/o como captura de pantalla en el teléfono celular junto con el DNI y el fotocheck de la entidad o empresa para ser mostrado obligatoriamente a requerimiento de la Policía Nacional o la Fuerza Armada.
Asimismo, aclaran que los números de DNI de las personas incluidas en el Registro Informático de Infractores de las medidas de restricción e incluso los más de 20 mil detenidos antes de la vigencia del mismo, han quedado inhabilitados para tramitar el Pase Personal Laboral.
Por ello, precisaron que Pase Personal Laboral está reservado para los trabajadores de actividades esenciales claramente especificados en los decretos supremos 044-2020-PCM y 046-2020-PCM, que son los siguientes:
PERSONAS QUE PODRÁN MOVILIZARSE LAS 24 HORAS
- a. Servicios de abastecimiento de alimentos y medicinas.
- b. Servicios Públicos Esenciales de Agua, Saneamiento, Energía Eléctrica, Gas, Hidrocarburos, Limpieza y Recojo de Residuos Sólidos.
- c. Servicios de Telecomunicaciones.
- d. Servicios Funerarios.
- e. Servicios de Transporte de Carga, Mercancías y Actividades Conexas, según lo estipulado por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones.
- f. Personal médico, enfermeras, bomberos y de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que participan en los operativos.
- g. Personal del Sector Público que atiende labores relacionadas con la emergencia.
- h. Personal de serenazgo y fiscalización de los Gobiernos locales.
- i. Personal de Medios de Comunicación y distribución de diarios y revistas.
- j. Servicio de traslado de Choferes de Servicio Urbano Masivo.
- PERSONAS QUE PUEDEN MOVILIZARSE DURANTE HORARIO DE AISLAMIENTO SOCIAL OBLIGATORIO
- a. Servicio de Transporte Urbano Masivo de Pasajeros autorizados.
- b. Servicio de Traslado de Trabajadores de Empresas y entidades dedicadas a actividades esenciales.
- c. Taxi Registrados y Autorizados por la ATU.
- d. Personal de empresas de seguridad.
Ambas instituciones exhortaron a la ciudadanía a no tramitar el Pase Personal Laboral si no se encuentran dentro de estas categorías, pues se exponen a ser denunciados penalmente.
Asimismo, piden a los trabajadores esenciales a utilizar con responsabilidad el Pase Personal Laboral y no valerse del mismo para realizar actividades distintas a las relacionadas con la atención de la emergencia o, en el caso de los periodistas, la cobertura de la misma.
[Comunicado conjunto @MininterPeru – @MindefPeru] El 1 de abril entra en vigencia nuevo Pase Personal Laboral para trabajadores esenciales que deban movilizarse. Más información aquí ➡️ https://t.co/XPQlvFXR2P pic.twitter.com/yRO1dSLCJX
— Mininter Perú (@MininterPeru) March 30, 2020